El borrador del nuevo Código de Orden Público busca que la venta de alcohol en San Juan termine temprano, además, no permitirán la venta de alcohol a quien se encuentre en ‘evidente estado de embriaguez’.
Buscan que la venta de alcohol en San Juan termine temprano
Miguel Romero, el alcalde de San Juan, dio un anuncio sobre el nuevo borrador para el Código de Orden Público de la capital de Puerto Rico. Allí, incluyen nuevos horarios para aquellos establecimientos que se dediquen a la venta de bebidas alcohólicas.
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Las multas rondan entre los $500 a los $1,000 para quienes incumplan las nuevas normas. También proponen que los locales operen de las 6:00 de la mañana a las 12 de la medianoche, los días lunes, martes, miércoles, jueves y domingos. Los viernes y sábados de 6:00 a.m. a 1:00 de la madrugada.
“Todo establecimiento comercial cuya actividad principal sea vender, servir o despachar bebidas alcohólicas al detal, incluyendo cualquier división, sección o dependencia que tenga comunicación directa con el mismo, podrá operar desde las seis de la mañana (6:00 a.m.) hasta las doce de la media noche (12:00 a.m.) de domingo a jueves. Viernes y sábado podrá operar desde las seis de la mañana (6:00am) hasta la una de la madrugada (1:00 a.m.).”
Declara.
Únicamente excluyen del reglamento a los hoteles reconocidos por la Compañía de Turismo de Puerto Rico, restaurantes y otros establecimientos comerciales para la venta y consumo de alimentos. Sin embargo, se les prohíbe vender y servir alcohol más allá del horario que establecen en el borrador del documento.
Por otra parte, también dejan fuera a farmacias, supermercados, gasolineras y establecimientos que expenden bebidas alcohólicas selladas, al detal o al por mayor.
Publicaron el borrador del Código de Orden Público en la página web del Municipio de San Juan, incitando a la ciudadanía a compartir sus comentarios y propuestas por medio del correo electrónico del documento, ordenpublica@sanjuan.pr.
No más venta de bebidas alcohólicas para las personas en estado de embriaguez evidente
Dentro de las reglas, también indican que los establecimientos no podrán vender bebidas alcohólicas a quien se encuentre en estado de embriaguez evidente.
También indican que no se permitirá el consumo de bebidas alcohólicas dentro de un vehículo, incluso si la persona viaja como pasajero.
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“Se prohíbe ingerir o consumir bebidas alcohólicas mientras se conduce o viaja como pasajero en cualquier vehículo de motor por las vías públicas del Municipio. En el caso donde sea pasajero el que infrinja lo dispuesto en este Artículo, se le expedirá la multa administrativa al conductor del vehículo”.
Se lee en el documento borrador.
La multa para quienes incumplan esta norma será de $500 y quien la pagará será el chofer del vehículo.
*Imagen (SHUTTERSTOCK – Prohibición de bebidas alcohólicas en un supermercado. Interrumpir temporalmente la venta de alcohol a los clientes. CRÉDITOS A QUIEN CORRESPONDA).