En el Senado avanza una nueva legislación que prohibiría el aborto en Puerto Rico después de las 22 semanas de gestación, ¿habrá excepciones médicas? Continúa leyendo para saber los detalles.
Nueva legislación prohibiría el aborto en Puerto Rico después de las 22 semanas de gestación
El nuevo proyecto del Senado de Puerto Rico, prohibiría el derecho al aborto después de las 22 semanas de gestación, con algunas excepciones estríctamente médicas.
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Aprobaron el Proyecto del Senado (PS) 693 por nueve votos a favor y tres en contra.
De acuerdo con Joanne Rodríguez Veve, presidenta de la Comisión, este proyecto fue aprobado por la mayoría de las y los miembros que conforman el organismo. Únicamente hay una enmienda, que se practicara el procedimiento de aborto si hay excepciones médicas.
Así pues, obligarán al personal médico a justificar y documentar un proceso de aborto que se lleve a cabo después de la vigesimosegunda semana de gestación.
“Los estados y territorios pueden regular y hasta prohibir el aborto luego de que un bebé está suficientemente desarrollado en el vientre de la mujer como para sobrevivir si estuviese afuera”.
Dijo Rodríguez Veve para justificar la legislación ante la Comisión de Asuntos de Vida y Familia.
De acuerdo con el portal Mayo Clinic, un nacimiento antes de las 36 semanas es considerado prematuro y los nacimientos previos a las 25 semanas son considerados prematuros extremos.
La mujer siempre debe estar informada de cualquier procedimiento
Según el informe de Rodríguez, el personal médico que realice un aborto después de la vigesimosegunda semana de gestación debe orientar e instruir a la mujer sobre las atenciones que debe tener después del procedimiento, además de explicarle las ‘consecuencias médicas’ que pudiese tener.
“En Puerto Rico la mayoría de los abortos tardíos se realizan en hospitales. Hay clínicas privadas que realizan abortos ya en la semana 23 y 24, pero por regla general, los abortos en estas etapas se llevan a cabo en hospitales. En nuestro país no hay estadística alguna sobre los abortos que se están realizando en hospitales porque no hay ninguna disposición legislativa ni por reglamento del Departamento de Salud que obligue a los hospitales a rendir esta información”.
Dijo la senadora, refiriéndose a los abortos tardíos.
El aborto no se debe criminalizar
“Me parece una intervención indebida con la práctica médica de las y los doctores que realizan los abortos. Me parece que no hay un propósito legítimo detrás de ese registro, sino llevar y publicar un inventario de los médicos que realizan abortos, sabrán ellos con qué propósito. Pero el estado de derecho debe permanecer igual el aborto no se debe criminalizar. Sí debemos procurar más recursos para la mujer, para la salud reproductiva y que las que quieran tener sus hijos los tengan en un país menos hostil a la reproducción humana, la infancia y las mujeres jefas de familia”.
Explicó la senadora María de Lourdes Santiago.
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Posteriormente, Santiago procedió a cuestionar si el interés de los miembros de las delegaciones del Partido Popular Democrático (PPD) y Partido Nuevo Progresista (PNP) que impulsan el PS 693 era genuino o si solo se trata de un retroceso en el proceso de la apelación de los derechos reproductivos y sexuales de las mujeres gestantes puertorriqueñas.
*Imagen (SHUTTERSTOCK – WASHINGTON MAY 21: Pro-choice activists rally to stop states’ abortion bans in front of the Supreme Court in Washington, DC on May 21, 2019. CRÉDITOS A QUIEN CORRESPONDA).